El Tribunal Supremo de España mantuvo la suspensión cautelar que impide votar en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre a ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad española mediante la denominada Ley de Nietos y cuya situación censal está alcanzada por la medida. La decisión afecta a unas 163.020 personas y sostiene abierta una disputa judicial y política sobre la conformación del censo electoral. El máximo tribunal desestimó un recurso de la Abogacía del Estado, que buscaba levantar la medida adoptada el pasado 10 de septiembre.
El conflicto se centra en la inscripción de estos ciudadanos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) y en la posibilidad material de revisar los registros antes de los comicios. El Alto Tribunal aceleró la tramitación del caso tras el adelanto electoral y resolvió que todavía existen motivos para mantener la suspensión. En su resolución, consideró que persiste el riesgo de que el censo electoral pueda “se constituya irregularmente” y de que no se garanticen plenamente las condiciones de “exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia”.
El Supremo señaló además que el derecho al sufragio “no es un derecho de carácter absoluto”, sino que está “supeditado” a intereses generales vinculados con la integridad del proceso electoral. Entre ellos, mencionó la necesidad de “preservar la veracidad e inexistencia de irregularidades en el censo electoral”. La resolución mantiene suspendida la inscripción en el CERA de quienes obtuvieron la nacionalidad española, pero todavía tienen pendiente su incorporación definitiva al registro.
También alcanza a ciudadanos ya inscriptos cuando el registro no permite determinar con claridad bajo qué condiciones se realizó el trámite. La medida incluye, además, a personas sobre las que la Administración no tenga “trazabilidad de su acceso” al censo. Quienes permanezcan en alguna de esas situaciones no podrán participar de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre.
La resolución prevé una posibilidad para algunos de los ciudadanos afectados: podrán votar quienes consigan en los consulados una certificación que acredite que obtuvieron la nacionalidad española como descendientes de exiliados por razones “políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual”. Ese supuesto está contemplado en la Ley de Memoria Democrática. El Tribunal Supremo dispuso también que las personas afectadas por la paralización puedan presentarse formalmente en el procedimiento como parte codemandada.
Para hacerlo, tienen un plazo de cinco días para presentar alegaciones relacionadas con las medidas cautelares. La decisión tuvo una respuesta inmediata del Gobierno. El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, manifestó su desacuerdo con la continuidad de la suspensión y afirmó: “Parece que el derecho al voto no es tan relevante para algunos”.
El funcionario agregó que ahora corresponde esperar el análisis de la Abogacía del Estado para determinar si la suspensión cautelar dictada por el Supremo constituye una resolución definitiva. Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado habían solicitado previamente que se levantaran las medidas. Uno de los argumentos centrales para pedirlo era la “imposibilidad material” de revisar antes de las elecciones los cerca de 170.000 casos involucrados.
Desde la oposición, el presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, respaldó la decisión judicial y puso el foco en la necesidad de garantizar la confiabilidad del padrón electoral. “En unas elecciones no puede haber dudas sobre el censo. Ninguna”, expresó Feijóo. Luego profundizó sus críticas al Ejecutivo: “El Tribunal Supremo ha vuelto a poner límite a la irresponsabilidad del Gobierno y ha antepuesto el bien común a sus prisas y a sus chapuzas.
Lo primero en democracia es cumplir las reglas”. De esta manera, la situación de los nacionalizados mediante la Ley de Nietos se incorporó también al debate político español, en la cuenta regresiva hacia las elecciones generales. Por el momento, la decisión del Supremo mantiene la suspensión sobre 163.020 ciudadanos vinculados al proceso de nacionalización y posterior inscripción electoral.
El eje del conflicto ya no se limita a la obtención de la ciudadanía española, sino que incluye la validación de las condiciones en que cada persona fue incorporada o pretende ser incorporada al CERA. Con los comicios fijados para el 29 de noviembre, el tiempo disponible para resolver la situación es limitado. Mientras continúan las actuaciones judiciales, el Tribunal Supremo mantiene vigente la medida cautelar y condiciona el derecho al voto de los nacionalizados afectados a la verificación de su situación dentro del censo electoral.














